30 ira. Síndrome de Asterix
Acabo de asistir a un espectáculo inédito. El ministro del Interior –que, en anteriores respuestas a preguntas parlamentarias, se vanagloriaba del papel de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado enviados a Catalunya para evitar la celebración del referéndum del 1-O- se quedaba mudo después de que Mikel Legarda le explicara que ese envío de “tropas” carecía de amparo en derecho. Es decir, el diputado jeltzale echaba por tierra el argumento “legal” esgrimido por el Gobierno del Estado para impedir el referéndum. No es verdad que con su actuación esté preservando la aplicación de la Ley; al contrario, es que esa intervención no se sostiene en derecho, es ilegal, es inconstitucional.
El Gobierno español apela a la aplicación de la disposición final segunda de la Ley 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para justificar la legalidad del envío de fuerzas policiales a Catalunya, ya que el Estatuto de Autonomía de Catalunya de 1979 se remitía, en su artículo 7, sobre competencias en materia de Policía, a una futura Ley Orgánica del Estado para su desarrollo. El Ejecutivo del PP obvia que, en el año 2006, se aprobó un nuevo Estatuto de Autonomía para Catalunya que, a pesar de su “cepillado”, ya no contempla dicha injerencia, quedó eliminada con el artículo 164 sobre Seguridad pública y Policía de Catalunya. De hecho, el PP -consciente de ello- intentó mantener la antigua interpretación durante la tramitación de la Ley pero las Cortes la rechazaron.
La consecuencia es obvia. La decisión del Gobierno de España de envío de fuerzas o cuerpos de seguridad del Estado a Catalunya, no solo carece del amparo que antes si le concedía aquella disposición final segunda en relación con el anterior Estatuto, sino que hoy contraviene el actual Estatuto de Autonomía de Catalunya. Es decir, que es ilegal porque carece de amparo en derecho, y es inconstitucional porque altera la distribución de competencias entre el Estatuto vigente y la Constitución. Si bien –tal y como señalaba Mikel Legarda en su contestación al Ministro- eso, al Gobierno de España, le da igual, porque cuenta con que, aunque la Generalitat la recurra, el Tribunal Constitucional no va a suspender dicha decisión de forma cautelar, y porque -a diferencia de los supuestos en los que el recurrido es un gobierno o parlamento autonómico- su decisión va a tardar años en salir.
En definitiva, podríamos hablar del “Síndrome de Asterix” porque estamos ante un pequeño pueblo que resiste los embates de una todopoderosa maquinaria, tanto militar como política, que tiene por objeto doblegar su voluntad y someterlo a la razón del imperio. La historia no es nueva, y aunque la de Asterix sea fabulada, nos encontramos con muchas similares a lo largo de los siglos. Y en la Europa del siglo XXI, la “pócima mágica” con la que cuenta el pueblo catalán son las urnas y los votos, el referéndum. La fuerza de las y los catalanes radica en su determinación y su clara voluntad de tomar las riendas de su destino individual y colectivo. Frente a la negación, la prohibición, la humillación colectiva y el recurso a la fuerza, el pueblo catalán dispone de un brebaje infalible sustentado en la defensa de la democracia y la libertad.
Iñigo Barandiaran
Diputado de EAJ-PNV en el Congreso de los Diputados
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